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jueves, 18 de abril de 2019 13:11

Cerrado

CA4019 ¿Qué tipo de comprobante se debe utilizar en las transferencias de bienes y las prestaciones de servicios entre zonas francas?

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Solución oficial

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hace 5 años

 
La transferencia de bienes y la prestación de servicios entre zonas francas industriales, comerciales o de servicios, donde la entidad que adquiere el bien o recibe el servicio cuente con carnet o certificación de exención de ITBIS vigente deben facturarse utilizando Comprobantes para Regímenes Especiales (B14).

Importante:

En el caso de que la citada zona franca industrial, comercial o de servicios no cuente con el carné o certificación de exención de ITBIS vigente, la zona franca (ZFI, ZFS o ZC) que esté facturando deberá emitirle un Comprobante de Crédito Fiscal (B01).

Base Legal: Norma 05-2019, Art.3, Párrafo II.

(Editado)