Perfil de Eliana Castillo

jueves, 4 de enero de 2018 21:17

Cerrado

CA3307 ¿Existe un monto máximo o mínimo permitido para emitir un comprobante de gastos menores?

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Solución oficial

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hace 7 años

No, para cualquier gasto incurrido en el mercado informal sin importar el monto, el contribuyente debe emitir este comprobante para soportar el registro de dicho gasto realizado por el personal autorizado.

Importante:

El registro de Gastos Menores (Código 13) son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal, sean estos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y Peajes.

Base Legal: Decreto 254-06, art. 5, párrafo III y el art. 8 de la Norma General 05-19.

Documentación Relacionada:

(Editado)