Sí, las Personas Físicas registradas con una actividad económica que no genera obligaciones tributarias se consideran proveedores informales y se les puede emitir este tipo de comprobante para sustentar las operaciones realizadas.
Las actividades económicas que no generan obligaciones tributarias y que por ende se les puede emitir NCF de compras a las personas que las tienen asignadas son:
• Participación en Empresas. • Tenencia de Inmuebles para fines de vivienda (no comercial). • Operaciones Inmobiliarias, Inversionistas Extranjeros. • Empleados y Obreros. • Otros servicios (estudiantes, amas de casa, pensionados). • Empleados (asalariados). • Obreros. • Impuesto Sucesoral. • Representantes de Sucesiones y/o Donaciones. • Otros no clasificados. • Operaciones Vehículos de Motor. • Diplomáticos y/o Cónsules. • Operaciones de Motocicletas.
Consideraciones Importantes Es obligación de quien emite el comprobante consultar en el portal web de Impuestos Internos que la persona no se encuentre registrada como contribuyente. Cuando Impuestos Internos verifique que el comprobante ha sido emitido a personas registradas como contribuyentes, no será admitido para fines de deducción de Impuestos Sobre la Renta (ISR) ni del Impuesto sobre Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS).
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Las actividades económicas que no generan obligaciones tributarias y que por ende se les puede emitir NCF de compras a las personas que las tienen asignadas son:
• Participación en Empresas.
• Tenencia de Inmuebles para fines de vivienda (no comercial).
• Operaciones Inmobiliarias, Inversionistas Extranjeros.
• Empleados y Obreros.
• Otros servicios (estudiantes, amas de casa, pensionados).
• Empleados (asalariados).
• Obreros.
• Impuesto Sucesoral.
• Representantes de Sucesiones y/o Donaciones.
• Otros no clasificados.
• Operaciones Vehículos de Motor.
• Diplomáticos y/o Cónsules.
• Operaciones de Motocicletas.
Consideraciones Importantes
Es obligación de quien emite el comprobante consultar en el portal web de Impuestos Internos que la persona no se encuentre registrada como contribuyente. Cuando Impuestos Internos verifique que el comprobante ha sido emitido a personas registradas como contribuyentes, no será admitido para fines de deducción de Impuestos Sobre la Renta (ISR) ni del Impuesto sobre Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS).
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