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martes, 11 de noviembre de 2025

Cerrado

CA 5329 ¿Quién debe emitir el NCF cuando un corredor o agente actúa como intermediario en la venta de pólizas de seguro o de salud?

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Solución oficial

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hace 23 días

El comprobante fiscal correspondiente a la venta de pólizas de seguro o de salud debe ser emitido por la compañía aseguradora o la Administradora de Riesgos de Salud (ARS), siempre a nombre del cliente, y no por el corredor.
 
En este tipo de transacciones, el corredor o agente actúa únicamente como intermediario y no como emisor del NCF.

Base Legal: Norma General 08-06, Art. 2.

(Editado)