viernes, 29 de agosto de 2025

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CA5297 ¿Cuáles informaciones se deben remitir en el Reporte FATCA?

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Oficial

Las Instituciones Financieras sujetas al reporte FATCA deben remitir las informaciones específicas indicadas en el Artículo 2 del Acuerdo, en donde se establecen las obligaciones de las partes para obtener e intercambiar información con respecto a cuentas sujetas a reportar.

 

Acuerdo-FATCA: https://dgii.gov.do/legislacion/acuerdos/2Acuerdos%20internacionales/AcuerdoDGII-FATCA.pdf

 

Importante:

Los clientes que califican para fines del reporte FATCA son los US person cuyo balance al final del periodo o el balance promedio de la cuenta sea igual o mayor a US$50,000.00 para personas físicas o US$250,000.00 personas jurídicas. 

 

Base Legal: Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativa de Cuentas en el Extranjero (Ley FATCA), Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos y el Gobierno de la República Dominicana para mejorar el cumplimiento tributario internacional e implementar FATCA.