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martes, 4 de enero de 2022 12:38

Cerrado

CA4709 Si me acogí a la Ley 46-20 y sus modificaciones mediante pago fraccionado para saldar el IPI/Activos ¿Puedo transferir el inmueble sin haber saldado el acuerdo?

Solución oficial

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hace 3 años

Sí, puede transferir el inmueble siempre que se encuentre al día en el acuerdo de pago y el inmueble a transferir no sea el que esté puesto en garantía para el o los acuerdos.