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CA4808 ¿Cuál es el procedimiento para que los órganos y entes de la Administración Pública soliciten el levantamiento de sanciones, medidas conversatorias y cautelares?
¿Cuál es el procedimiento para que los órganos y entes de la Administración Pública soliciten el levantamiento de sanciones, medidas conversatorias y cautelares?
Solución oficial
MAMF
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hace 6 meses
Para solicitar el levantamiento de las sanciones y medidas interpuestas, los órganos y entes de la Administración Pública deberán depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
1. Carta de solicitud por parte de la entidad que colocó la sanción o medida y o acto de alguacil instrumentado por un ministerio habilitado para los fines.
Considereación Importante:
• Las sanciones y medidas interpuestas por los órganos y entes de la Administración Pública también pueden ser levantadas por decisiones jurisdiccionales, las cuales deben ser oponibles a la DGII para efecto de mandato, aun cuando dicha entidad no forma parte del procedimiento sancionador.
• Asimismo, la DGII de oficio podrá levantar las sanciones y medidas interpuestas por los órganos y entes de la Administración Pública al vencimiento del plazo que indica la ley que autoriza su colocación, siempre que la entidad no haya solicitado su renovación.
• Cuando la solicitud sea realizada mediante acto de alguacil, la misma debe ser depositada directamente en el Departamento de Representación Externa de la sede central.
Tiempo de respuesta: 03 días laborables.
Base Legal: Norma General 09-22, Arts. 7, 8, 9 y 10.
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