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viernes, 27 de noviembre de 2020 21:20

Cerrado

CA888 ¿Qué porcentaje de ITBIS deben retener las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjeta de crédito o tarjeta de débito en los establecimientos afiliados?

CA888 ¿Qué porcentaje de ITBIS deben retener las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjeta de crédito o tarjeta de débito en los establecimientos afiliados?

Solución oficial

572 Mensajes

hace 2 años

 

Las compañías de adquirencia deben retener un dos por ciento (2%) del monto de cada transacción realizada por medio de tarjetas de crédito o débito.


Base Legal:
Norma 08-04 Art. 2, Párrafo I; Acuerdo de la DGII con la ONEC,  puntos 7 y 8. 

(Editado)