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martes, 14 de noviembre de 2023 13:00

Cerrado

CA5078 ¿Los servicios de arado de tierra, siembra y cultivo se encuentran gravados de ITBIS?

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Solución oficial

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hace 1 año

Sí. Los servicios de arado de tierra, siembra y cultivo (mano de obra campesina) se encuentran sujetos a la aplicación del ITBIS en virtud de las disposiciones  del artículo 335 del Código Tributario y el 3 del Decreto 293-11.

Base Legal: Ley 11-92, Art. 335 ; Decreto 293-11, Art.3