CA4724 ¿Deben considerar los contribuyentes acogidos a la Ley 392-07 como parte
de la base imponible del Impuesto Sobre los Activos aquellas maquinarias
importadas por partes y ensambladas en el país?
No, cuando una empresa calificada por PROINDUSTRIA adquiera o importe maquinarias, equipos o aparatos por partes para ser ensamblados en el país, no serán considerados como parte de la base imponible del Impuesto Sobre los Activos, siempre que se correspondan a equipos, aparatos o maquinarias que por sus características no puedan ser transportadas de forma conjunta y previa aprobación de PROINDUSTRIA y la no objeción del Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Administración Tributaria.
Base Legal: Ley 242-20, Art. 4, numeral 3, párrafo IV que modifica el Art. 50 de la Ley 392-07.
Solución oficial
APC .
1.3K Mensajes
hace 3 años
No, cuando una empresa calificada por PROINDUSTRIA adquiera o importe maquinarias, equipos o aparatos por partes para ser ensamblados en el país, no serán considerados como parte de la base imponible del Impuesto Sobre los Activos, siempre que se correspondan a equipos, aparatos o maquinarias que por sus características no puedan ser transportadas de forma conjunta y previa aprobación de PROINDUSTRIA y la no objeción del Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Administración Tributaria.
Base Legal: Ley 242-20, Art. 4, numeral 3, párrafo IV que modifica el Art. 50 de la Ley 392-07.
0
0