lunes, 20 de abril de 2026

CA4588 ¿Qué debo hacer para solicitar la compensación del saldo a favor de ITBIS con el ITBIS de importación a pagar en DGA?

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Solución oficial

hace 8 días

Para solicitar la compensación correspondiente a la proporción del ITBIS por importación que compone el saldo a favor debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario Solicitud Compensación de Saldo a favor (FI-DCRCO-005) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Poder de autorización, en caso de Personas Físicas o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada en caso de Personas Jurídicas (aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud).
  1. Certificación(es) por periodo(s) emitida(s) por la DGA, que sustente las importaciones realizadas.

Importante:

En el caso de un saldo a favor en ITBIS, el mismo se aplicará en el órgano de la administración tributaria que generó el saldo a favor (ya sea DGII o DGA), por lo que después que el contribuyente adelanta el ITBIS por importaciones, si genera un saldo puede solicitar la compensación con el ITBIS en importación a pagar en DGA, siempre que el crédito a ser compensado sea sometido a un proceso de auditoría, según lo establecido en el artículo 19, del Código Tributario.