Se encuentran exentas del pago del ITBIS las importaciones y adquisiciones en el mercado local de maquinarias y equipos relacionados con la fabricación o producción de medicinas para uso humano y animal, así como sus repuestos.
Base Legal: Art. 343, Modificado por la Ley No. 253-12, Párrafo IV
Solución oficial
JRS
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hace 5 años
Base Legal: Art. 343, Modificado por la Ley No. 253-12, Párrafo IV
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