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lunes, 15 de abril de 2019 12:11

Cerrado

CA4010 ¿Como constructora, qué porcentaje debo retener al momento de realizar el pago maestros constructor o ajusteros por concepto de mano de obra?

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Solución oficial

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hace 5 años

 
Al realizar pagos por concepto de mano de obra a maestros constructor o ajusteros, las constructoras deberán retener el 2% correspondiente al ISR. Este trabajo no está sujeto a la aplicación del ITBIS.

Concideraciones importantes:

• No se deberá de emitir un NCF debido a que las retenciones efectuadas validarán el gasto.
• Dichas retenciones aplican tanto a los trabajadores documentados como indocumentados.

Base Legal: Articulo 3, párrafo del 1 al 5 de la norma 07-07






hace 5 años

Esta retención del 2% se declara en la fila 18 del IR 17 “Otras Retenciones (Norma 07-2007)”.