Sí, los bienes adquiridos localmente por los contribuyentes acogidos a la Ley 392-07 (PROINDUSTRIA) se encuentran sujetos al pago del ITBIS en un cincuenta por ciento ( 50%), siempre y cuando estos bienes se encuentren especificados en la Resolución de Calificación Industrial, la cual se establecerá a partir del listado contenido en el Art. 24 de la Ley 557-05.
Base Legal: Ley 392-07, Arts. 20 y 24, modificados por la Ley 242-20; Ley 557-05, Art. 24.
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hace 7 años
Sí, los bienes adquiridos localmente por los contribuyentes acogidos a la Ley 392-07 (PROINDUSTRIA) se encuentran sujetos al pago del ITBIS en un cincuenta por ciento ( 50%), siempre y cuando estos bienes se encuentren especificados en la Resolución de Calificación Industrial, la cual se establecerá a partir del listado contenido en el Art. 24 de la Ley 557-05.
Base Legal: Ley 392-07, Arts. 20 y 24, modificados por la Ley 242-20; Ley 557-05, Art. 24.
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