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jueves, 4 de enero de 2018 22:54

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CA3450 ¿Cuáles productos se encuentran gravados con la tasa reducida del ITBIS establecida en la Ley 253-12?

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Solución oficial

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hace 7 años

Los productos que fueron alcanzados con la tasa reducida del ITBIS son :

  1. Yogurts y los demás.
  2. Mantequilla (manteca).
  3. Café, incluso tostado o descafeinado; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción, excepto café sin tostar ni descafeinar de la partida 0901.11.00 y cascara y cascarilla de café de la partida 0901.90.20.
  4. Aceite de soya y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
  5. Aceite de cacahuate y sus fracciones (maní), incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
  6. Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
  7. Aceite de girasol, de cártamo o de algodón y sus  fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
  8. Aceite de coco (copra), de almendra de palma o de  babasú y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
  9. Aceite de maíz en bruto.
  10. Los demás aceite de maíz y sus fracciones.
  11. Margarina, con exclusión de la margarina líquida.
  12. Azúcar de caña en bruto.
  13. Azúcar de remolacha en bruto.
  14. Los demás azúcares.
  15. Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
  16. Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante.
  17. Bloques, tabletas o barras de cacao sin rellenar.

Consideraciones Importantes:

  • A partir del año 2016 la tasa de ITBIS que se debe aplicar a estos productos es de un 16%.

  • El término tasa reducida se refiere a la segunda tasa del ITBIS que se creó mediante la Ley 253-12 para gravar algunos productos que estaban exentos de este impuesto con una tasa inferior a la ya existente.

Base Legal: Ley 253-12, Art. 23, Párrafo II.


Documentación Relacionada: Aviso 29-15.

(Editado)