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martes, 2 de enero de 2018

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CA810 ¿Qué tasa debo pagar por el Impuesto Sobre la Ganancia de Capital?

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Solución oficial

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hace 9 años

La tasa del Impuesto Sobre la Ganancia de Capital, generada por la transferencia de activos de capital (acciones, cuotas sociales, venta de inmuebles, activos financieros, entre otros), es la siguiente:

 

  • Personas físicas nacionales y extranjeras: se aplicará una tasa de 15 %, 20 % o 25 %, según el monto de la ganancia obtenida y de conformidad con la escala impositiva vigente.

  • Personas Físicas (enajenación de bienes inmuebles): 10%.

  • Personas Jurídicas Nacionales y Extranjeras: 27%.

Importante:

  • Los activos de capital son todos los bienes en poder del contribuyente en conexión o no con su negocio (terreno, activos financieros, bienes intangibles, etc.).

  • Cuando se trate de la venta de acciones inscritas en el Mercado de Valores que formen parte de una Oferta Pública la tasa es de un 15%. Esta tasa se mantendrá durante un plazo de 3 años, contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 163-21. Una vez transcurrido este plazo serán gravadas con la tasa establecida en el Código Tributario.

  • Cuando el inmueble sea la vivienda habitual de la persona física y el total recibido por su venta se utilice para comprar otra vivienda habitual, dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del acto de transferencia de propiedad, dicha operación quedará exenta del pago del impuesto.

  • De conformidad con el calendario de implementación, la tasa de 10% establecida en la ley 30-26 para la enajenación de bienes inmuebles por parte de Personas Físicas, será aplicable a partir de la entrada en vigencia de la referida ley.

Base Legal: Ley 11-92, Art. 289, párrafo II, modifcado por la Ley 30-29, Art. 19; Art. 296-1, introducido por la Ley 30-29, Art. 14, Art. 297 y Art. 305; Ley 163-21 Art.7.

(Editado)