Las líneas aéreas como agentes perceptores de este impuesto tienen la obligación de declarar y pagar esta contribución a más tardar los días 10 y 25 de cada mes.
Importante:
Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados, se prorroga al próximo día laborable.
Base Legal: Ley 2-04, Art. 2 párrafo I.
Documentación Relacionada: Calendario de Contribuyentes DGII.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Las líneas aéreas como agentes perceptores de este impuesto tienen la obligación de declarar y pagar esta contribución a más tardar los días 10 y 25 de cada mes.
Importante:
Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados, se prorroga al próximo día laborable.
Base Legal: Ley 2-04, Art. 2 párrafo I.
Documentación Relacionada: Calendario de Contribuyentes DGII.
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