El Impuesto de Ganancia de Capital generado en la enajenación de bienes inmuebles propiedad de personas físicas debe ser pagado dentro del plazo de los seis (6) meses contados a partir del momento en que se hubiese perfeccionado dicho acto traslativo de propiedad.
Importante:
El impuesto a pagar es un diez por ciento (10%) como pago único y definitivo, es decir que el contribuyente a quien se le realizó la retención queda exonerado de realizar otro pago sobre el hecho generador.
El termino enajenación no se limita únicamente a la venta, comprende, entre otros, los siguientes actos:
• Venta. • Permuta o intercambio. • Donación. • Aporte de bienes a una sociedad. • Cesión de derechos. • Adjudicación u otro acto que implique la transferencia de la propiedad.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 296-1, introducido por la Ley 30-29, Art. 14, párrafo I.
Solución oficial
SPB .
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hace 1 mes
El Impuesto de Ganancia de Capital generado en la enajenación de bienes inmuebles propiedad de personas físicas debe ser pagado dentro del plazo de los seis (6) meses contados a partir del momento en que se hubiese perfeccionado dicho acto traslativo de propiedad.
El impuesto a pagar es un diez por ciento (10%) como pago único y definitivo, es decir que el contribuyente a quien se le realizó la retención queda exonerado de realizar otro pago sobre el hecho generador.
• Venta.
• Permuta o intercambio.
• Donación.
• Aporte de bienes a una sociedad.
• Cesión de derechos.
• Adjudicación u otro acto que implique la transferencia de la propiedad.
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