martes, 7 de abril de 2026

Cerrado

CA5343 ¿Qué deben hacer los adquirientes de terrenos obtenidos mediante resoluciones relacionadas al Plan Nacional de Titulación de Terrenos del Estado para solicitar la transferencia exenta?

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Solución oficial

hace 8 horas

Para solicitar la transferencia exenta de un inmueble donado por una entidad estatal, en ocasión del Plan Nacional de Terrenos del Estado, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Acto Donación.
  2. Copia del Certificado de Título del Inmueble,
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, ambos lados, de los adquirientes o beneficiarios de la exención.
  4. Certificación de No objeción de la donación emitido por la entidad estatal correspondiente.

Una vez aprobada la solicitud, el abogado de la Gerencia Legal gestionará la trasferencia del inmueble de manera interna por con el Departamento de Valoración de Bienes.

Importante:

  • Las entidades estatales vinculadas al Plan Nacional de Titulación de Terrenos del Estado son: La Dirección General de Bienes Nacionales (BN), el Consejo Estatal del Azúcar (CEA), el Instituto Agrario Dominicano (IAD), la Dirección General de Catastro Nacional, el Instituto Nacional de Viviendas (INVI)* y la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE). 

Tiempo de respuesta:
25 días laborables- (22 días Gerencia Legal y 3 días en el Departamento de Valoración de Bienes)

Costo del servicio:
Gratuito.

Quienes pueden solicitar:
Personas Fisicas beneficiarias por parte del Plan Nacional de Titulación de Terrenos del Estado.

Cuando solicitar: Según la necesidad.

****Con la entrada en vigencia de la ley 160-21 se dispone la supresión del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y las funciones, atribuciones y facultades de este instituto se transfieren al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED).