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martes, 6 de mayo de 2025 13:37

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CA5240 ¿Qué plazo poseen los agentes de retención designados en la Norma General 04-25 para incorporarse en la facturación electrónica?

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Solución oficial

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hace 18 días

Las personas jurídicas designadas como agentes de retención por la Norma General 04-25 tienen un plazo de tres (03) meses, contando a partir de la fecha de emisión de la norma, para depositar la solicitud de autorización para ser emisores electrónicos. Este plazo vence el 25 de junio de 2025.

Importante:

Esta disposición no aplica para aquellos agentes de retención que ya sean emisores electrónicos o se encuentren dentro del plazo de obligatoriedad establecido en la Ley 32-23.

Base legal: Norma General 04-25, Art.8.