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miércoles, 30 de abril de 2025

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CA5238 ¿Qué tasa del ISR deben retener los agentes de retención designados en la Norma General 04-25 en la adquisición de bienes del subsector de ganadería de carne bovina?

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Solución oficial

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hace 8 meses

Los agentes de retención designados en la Norma General 04-25 deben aplicar una retención del uno por ciento (1%) del monto facturado, por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), cuando adquieran bienes o productos cárnicos de proveedores informales.

Importante:

  • Esta retención es considerada como un pago único y definitivo. Sin embargo, cuando el contribuyente objeto de la retención se formalice como persona física, la retención pagada constituirá un pago a cuenta del Impuesto Sobre la Renta retención, el cual podrá utilizar en la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta de su primer ejercicio fiscal siempre que la retención haya sido realizada en el mismo ejercicio fiscal en que se formalizó.

  • El monto retenido debe ser ingresado a la DGII a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se haya realizado la retención a través del IR-17.

  • El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo con las disposiciones del artículo 257 del Código Tributario y sus modificaciones.

Esta retención debe ser realizada a partir de la entrada en vigencia de la Norma General 04-25 el 25 de junio de 2025.

Base legal: Norma General 04-25, Arts. 5, 7, 9 y 11.

(Editado)