Los activos virtuales o criptomonedas (bitcoin, litecoin y Ethereum) no son una moneda de curso legal emitida y controlada por Estado, tampoco se encuentran regulados ni supervisados ni cuentan con protección legal reconocida por el marco jurídico vigente, por lo que, su comercialización e inversión no cuenta con un tratamiento fiscal previsto. No obstante, cuando dichos activos se convierten en líquido (dinero válido y reconocido en el país), los ingresos generados constituyen rentas grabables que tributaran según las disposiciones de los Arts. 267, 268 y 269 del Código Tributario.
Importante:
Estas monedas tampoco son reconocidas como divisas bajo el régimen cambiario puesto que no son emitidas ni se encuentran bajo el control de ningún banco central extranjero.
Base Legal: Constitución de la República Dominicana, Arts. 228 al 230; Ley 183-02, Art. 24; 2da; Resolución de la Junta Monetaria de1 22 de junio 2017.
Documentación Relacionada: Consulta técnica 06 de septiembre 2021.
Solución oficial
APC .
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hace 3 años
Los activos virtuales o criptomonedas (bitcoin, litecoin y Ethereum) no son una moneda de curso legal emitida y controlada por Estado, tampoco se encuentran regulados ni supervisados ni cuentan con protección legal reconocida por el marco jurídico vigente, por lo que, su comercialización e inversión no cuenta con un tratamiento fiscal previsto. No obstante, cuando dichos activos se convierten en líquido (dinero válido y reconocido en el país), los ingresos generados constituyen rentas grabables que tributaran según las disposiciones de los Arts. 267, 268 y 269 del Código Tributario.
Importante:
Estas monedas tampoco son reconocidas como divisas bajo el régimen cambiario puesto que no son emitidas ni se encuentran bajo el control de ningún banco central extranjero.
Base Legal: Constitución de la República Dominicana, Arts. 228 al 230; Ley 183-02, Art. 24; 2da; Resolución de la Junta Monetaria de1 22 de junio 2017.
Documentación Relacionada: Consulta técnica 06 de septiembre 2021.
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