El agente de retención es quien debe retener parte de los pagos que hace a terceros, como impuesto del perceptor de la renta, debiendo a su vez declararlo y pagarlo a la Administración a nombre del contribuyente. El agente de retención puede serlo por mandato expreso del Código Tributario, de un Reglamento o por disposición de la Administración Tributaria.
Las obligaciones de los Agentes de Retención son:
1. Pagar a la Administración Tributaria la suma retenida o percibida por las retenciones o percepciones efectuadas.
2. Responder ante el contribuyente por las retenciones o percepciones efectuadas indebidamente o en exceso.
3. Entregar a los contribuyentes, por cuya cuenta paguen el impuesto, una prueba de la retención efectuada.
4. Son responsables de la obligación tributaria por las sumas que no haya retenido o percibido de acuerdo con la ley, los reglamentos las normas y prácticas tributarias.
5. Presentar anualmente a la Administración Tributaria, en la forma y fecha correspondiente, una declaración jurada de las retenciones operadas.
6. Los agentes o representantes en la República de tales compañías serán solidariamente responsables con ellas del pago del impuesto y estarán obligados a presentar declaraciones juradas y a fungir de agentes de retención e información en las formas y plazos que se establezcan.
Importante:
• Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos en la venta de bienes o prestación de servicios. No obstante, ante determinados pagos y previa verificación son autorizados a efectuar las retenciones que estos conllevan.
• Asimismo, las personas físicas deben retener el ISR correspondiente a las rentas pagadas a sus empleados, de acuerdo a la escala salarial vigente y deben retener la totalidad del ITBIS facturado cuando adquieran bienes o servicios de proveedores informales.
• Cuando se trate de Personas Físicas acogidas al Régimen Simplificadode Tributación (RST), las personas físicas deben efectuar las retenciones de ITBIS que corresponden en la adquisición de bienes y servicios gravados con este impuestos.
• Los agentes de retención o percepción que no hayan cumplido sus obligaciones de retener. percibir y pagar el impuesto serán pasibles de la sanción por la infracción de mora cometida, cuya sanción se establece en este Código.
Base Legal: Ley No. 11-92, Art 8, Párrafo III (modificado por la Ley No. 495-06); Art. 9; Art. 11, literal h; Art. 35; Art. 50, literal l.
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
478 Mensajes
hace 7 años
El agente de retención es quien debe retener parte de los pagos que hace a terceros, como impuesto del perceptor de la renta, debiendo a su vez declararlo y pagarlo a la Administración a nombre del contribuyente. El agente de retención puede serlo por mandato expreso del Código Tributario, de un Reglamento o por disposición de la Administración Tributaria.
Las obligaciones de los Agentes de Retención son:
1. Pagar a la Administración Tributaria la suma retenida o percibida por las retenciones o percepciones efectuadas.
2. Responder ante el contribuyente por las retenciones o percepciones efectuadas indebidamente o en exceso.
3. Entregar a los contribuyentes, por cuya cuenta paguen el impuesto, una prueba de la retención efectuada.
4. Son responsables de la obligación tributaria por las sumas que no haya retenido o percibido de acuerdo con la ley, los reglamentos las normas y prácticas tributarias.
5. Presentar anualmente a la Administración Tributaria, en la forma y fecha correspondiente, una declaración jurada de las retenciones operadas.
6. Los agentes o representantes en la República de tales compañías serán solidariamente responsables con ellas del pago del impuesto y estarán obligados a presentar declaraciones juradas y a fungir de agentes de retención e información en las formas y plazos que se establezcan.
• Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos en la venta de bienes o prestación de servicios. No obstante, ante determinados pagos y previa verificación son autorizados a efectuar las retenciones que estos conllevan.
• Asimismo, las personas físicas deben retener el ISR correspondiente a las rentas pagadas a sus empleados, de acuerdo a la escala salarial vigente y deben retener la totalidad del ITBIS facturado cuando adquieran bienes o servicios de proveedores informales.
• Cuando se trate de Personas Físicas acogidas al Régimen Simplificadode Tributación (RST), las personas físicas deben efectuar las retenciones de ITBIS que corresponden en la adquisición de bienes y servicios gravados con este impuestos.
• Los agentes de retención o percepción que no hayan cumplido sus obligaciones de retener. percibir y pagar el impuesto serán pasibles de la sanción por la infracción de mora cometida, cuya sanción se establece en este Código.
Base Legal: Ley No. 11-92, Art 8, Párrafo III (modificado por la Ley No. 495-06); Art. 9; Art. 11, literal h; Art. 35; Art. 50, literal l.
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