Perfil de Jorgelina Quiñones

jueves, 4 de enero de 2018 20:41

Cerrado

CA255 ¿Qué debo hacer para solicitar un reintegro de cheque?

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Solución oficial

hace 7 años

Para solicitar un reintegro de cheque debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central (solo Grandes Contribuyentes) y en el área de información de cualquiera de nuestras Administraciones Locales o Colecturías (contribuyentes en general), los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Reintegro de Cheques (FI-CREC-551), llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas también debe estar sellado).
  2. Cheque certificado o de administración en original, con fecha menor de un año. En caso de pérdida del cheque puede presentar una copia.
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
  4. Certificación original de la entidad financiera que indique que los fondos se encuentran en los pasivos de esa entidad. En caso de que la certificación sea expedida por el Banco de Reservas se puede recibir en copia.
  5. Recibo de cobro por servicios por valor de trescientos pesos (RD$300.00) por cada cheque.
  6. Certificación de denuncia por pérdida del cheque emitida por la Policía Nacional (aplica en caso de que el reintegro sea por pérdida de cheque).
  7. Tres (3) publicaciones certificadas y selladas de un periódico de circulación nacional de 3 días diferentes que informe sobre la pérdida del cheque (aplica en caso de que el reintegro sea por pérdida de cheque).
  8. Carta de autorización a terceros (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).

Importante:

  • El reintegro de cheque consiste en una autorización que se emite a los bancos comerciales, a fin de que los montos consignados en los cheques expedidos a favor del Colector de Impuestos Internos/Dirección General de Impuestos Internos para el pago de impuestos o servicios sean depositados nuevamente en las respectivas cuentas de los contribuyentes cuando estos no son utilizados debido a:

    • No uso del cheque después de emitido.
    • Perdida del cheque.
    • Cheque presenta tachaduras, borrones, ni diferentes tipos de: impresoras, máquinas de escribir y letras, errores en el concepto, el periodo a pagar, nombre y RNC/Cédula del contribuyente o beneficiario.

  • Cuando el cheque tenga un año o más de emitido lo que procede es un reembolso por cheque vencido.

Base Legal: Ley 28-59.


Documentación Relacionada: POL-ADML-001, numerales 3, 4 y 5.

(Editado)