Perfil de Marleny J. Mena

viernes, 19 de enero de 2018 15:09

Cerrado

CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica en la DGII?

CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica en la DGII?

Solución oficial

898 Mensajes

hace 5 años

Para realizar una consulta técnica en la DGII, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

  1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

En caso de que la consulta corresponda a información de terceros, deberá depositar los siguientes documentos:

  1. Formulario Solicitud Información de Terceros (FI-GLEGA-005) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Poder de autorización notariado y legalizado o Sentencia (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud).
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados de la persona autorizada a realizar la solicitud (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del contribuyente (aplica en caso de Personas Físicas).

Consideraciones Importantes:
El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

Tiempo de respuesta: 22 días laborables
Base Legal: Ley 11-92, Arts. 38 al 43 

(Editado)