El inicio del Procedimiento de Acuerdo Mutuo puede ser solicitado por los contribuyentes cuando consideren que las medidas adoptadas por uno o ambos Estados contratantes de algún convenio para evitar la doble imposición suscrito por la República Dominicana, implica o puede implicar una tributación que no está de acuerdo con las disposiciones de estos convenios.
Solución oficial
OTM .
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hace 2 años
El inicio del Procedimiento de Acuerdo Mutuo puede ser solicitado por los contribuyentes cuando consideren que las medidas adoptadas por uno o ambos Estados contratantes de algún convenio para evitar la doble imposición suscrito por la República Dominicana, implica o puede implicar una tributación que no está de acuerdo con las disposiciones de estos convenios.
Base legal: Norma General 10-22, art. 5.
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