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jueves, 15 de septiembre de 2022 17:59

Cerrado

CA 4832 ¿Qué debo hacer para solicitar el inicio del Procedimiento de Acuerdo Mutuo establecido en la Norma General 10-22?

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Solución oficial

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hace 2 años

Para solicitar el inicio del Procedimiento de Acuerdo Mutuo establecido en la Norma General 10-22, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud que contemple las siguientes informaciones:
  • Nombre completo o razón social, domicilio, así como el número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC) o Cédula de Identidad de la persona que presenta la solicitud.
  • Nombre completo, domicilio y número de identificación tributaria de las demás partes implicadas en las transacciones objeto de revisión.
  • El artículo y el convenio que el contribuyente considere que no se ha aplicado correctamente y la interpretación que le da a ese artículo.
  • Identificación de los ejercicios fiscales afectados.
  • Descripción detallada de los hechos y circunstancias relevantes relativos al caso. Se deberán incluir los montos en cuestión, así como los datos correspondientes a las relaciones, situaciones o estructura de las operaciones entre las personas afectadas.
  • Identificación de los recursos administrativos o judiciales interpuestos por el solicitante o por las demás partes implicadas, así como cualquier resolución o consulta que hubiera recaído sobre la misma cuestión, si lo hubiese.
  • Indicación de si el contribuyente o alguna de sus contrapartes en las transacciones ha presentado una solicitud con anterioridad ante cualquiera de las autoridades competentes implicadas sobre la misma cuestión u otra similar, para lo cual, deberá aportar copias de dichos documentos.
  • Declaración en la que se haga constar si la solicitud incluye alguna cuestión que pueda considerarse que forma parte de un Acuerdo de Precios por Anticipado (APA), regímenes de protección o de algún procedimiento similar.
  • Fecha y firma de la persona que solicita el inicio del Procedimiento de Acuerdo Mutuo o de su representante.

Tiempo de respuestas: 30 días laborables.

Importante:

  • Los Procedimientos de Acuerdo Mutuo o Procedimientos de Acuerdos Amistosos constituyen un mecanismo a través del cual las autoridades competentes se consultan entre sí para resolver diferencias en relación con la aplicación de los convenios internacionales para evitar la doble tributación.
  • Esta solicitud debe ser realizada antes de culminar el plazo que establezca el convenio que se trate. Dicho plazo inicia el día siguiente de recibir la notificación que ocasione, o pueda ocasionar una tributación que afecta las disposiciones del convenio para evitar la doble imposición firmado por República Dominicana.
  • La DGII podrá solicitar documentación adicional, conforme el caso lo requiera y la misma deberá ser aportada en un plazo de 20 días laborables contados a partir del día siguiente de la notificación del requerimiento. De lo contrario, la solicitud será respondida desfavorablemente.
  • La determinación resultante del procedimiento podrá ser aceptada o rechazada por el contribuyente.