Sí, la Norma General 09-21 establece que los contribuyentes deben llevar un registro de los hechos que justifiquen las salidas de inventario no facturadas y que los mismos deben figurar anotados cronológicamente, efectuadas únicamente en el sistema de inventario permanente, directamente relacionado con la contabilidad fidedigna que mantenga el vendedor.
Solución oficial
APC .
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hace 3 años
Sí, la Norma General 09-21 establece que los contribuyentes deben llevar un registro de los hechos que justifiquen las salidas de inventario no facturadas y que los mismos deben figurar anotados cronológicamente, efectuadas únicamente en el sistema de inventario permanente, directamente relacionado con la contabilidad fidedigna que mantenga el vendedor.
Base Legal: Norma General 09-21, art. 8
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