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viernes, 29 de diciembre de 2017

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CA340 ¿De las prestaciones laborales cuales partidas se encuentran exentas de retención del ISR?

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Solución oficial

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hace 8 años

De las prestaciones laborales solamente se encuentran exentas de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR): el Preaviso, la Cesantía y el salario de navidad hasta la duodécima* parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario.

Importante:
  • El pago por concepto de bonificación y vacaciones de ley se encuentran sujeto a la aplicación de este impuesto.

*La duodécima parte se refiere al total de ingresos recibidos durante el año, dividido entre doce meses.


Base Legal: Ley 11-92, Art. 299 literal K, R; Ley 16-92, Art. 86, 219 y 222 y Reglamento 139-98, Art. 48.

(Editado)