Perfil de Eliana Castillo

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viernes, 29 de diciembre de 2017

Cerrado

CA3099 ¿Los pagos realizados al ayuntamiento por concepto de publicidad son deducibles del impuesto sobre la renta (ISR)?

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Solución oficial

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hace 8 años

Sí, siempre que los pagos formen parte de los costos del contribuyente y no constituyan un crédito o impuesto adelantado.

Consideraciones Importantes:
Los pagos a los ayuntamientos se consideran tasas, pues lo que renta es el derecho al uso.

Base Legal: Ley 11-92, Art. 287 incluyendo el literal b.