Sí, las vacaciones y cualquier otra remuneración en efectivo pagada al empleado debe sumarse al salario y la retención del ISR debe hacerse en base al total percibido por dicho empleado en el mes correspondiente, tomando en cuenta la escala salarial vigente.
Oficial
Eliana Castillo
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hace 8 años
Base Legal: Ley 11-92, Art. 299; Reglamento 139-98, Art.65.
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