Los contribuyentes (fabricantes, productores e importadores) deben solicitar las marcaciones fiscales a través del formulario digital correspondiente vía el SIGAM, previo al cumplimiento de las siguientes condiciones:
El contribuyente debe contar con la Licencia Oficial vigente de fabricante o importador de productos del alcohol o del tabaco.
Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales.
Los tipos de marcaciones fiscales solicitadas correspondan a las destinadas para sus productos registrados ante la Administración Tributaria.
Cantidad total del pedido en consonancia con su inventario actual de marcaciones fiscales sin aplicar y su capacidad de producción o importación.
Importante:
Las marcaciones solo serán provistas a los contribuyentes por la DGII o a través del proveedor autorizado.
Estas solicitudes serán respondidas en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud en el SIGAM.
El contribuyente recibirá a través del SIGAM, Oficina Virtual y los correos electrónicos registrados, el número de autorización y deberá realizar el pago de la tasa correspondiente, la cual puede ser consultada en el Decreto 299-18, en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios, contados a partir de la fecha de autorización de la solicitud.
En caso de no realizar el pago en el plazo antes señalado, la DGII procederá a cancelar y posteriormente a notificar al contribuyente la cancelación de dicha solicitud.
Después de realizado el pago, la DGII a través de proveedor autorizado deberá entregar la totalidad de lo aprobado en la solicitud en un plazo no mayor a diez (10) días calendarios, en el centro y locación indicada por el contribuyente en el territorio nacional.
La recepción de las marcaciones fiscales indirectas deberá ser confirmada por el contribuyente en el formulario de recepción físico definido por la DGII y registrada su recepción en el SIGAM en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles posterior a la recepción física de los MCF.
Las marcaciones directas solicitadas serán entregadas electrónicamente a través del SIGAM.
La adquisición de marcaciones fiscales vía el SIGAM solo está disponible para los contribuyentes cuya implementación en el Sistema de TRAFICO ha sido culminada en un 100%, mientras que, para aquellos productores que aún se encuentran en proceso de inclusión, estas solicitudes se someten a evaluación del Departamento de Impuesto Selectivo al Consumo.
Solución oficial
APC .
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hace 3 años
Los contribuyentes (fabricantes, productores e importadores) deben solicitar las marcaciones fiscales a través del formulario digital correspondiente vía el SIGAM, previo al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Importante:
Base Legal: Norma General 07-21, Art. 16.
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