CA4729 ¿Qué plazo tengo para informar a la DGII las transacciones que fueron
realizadas de manera incorrecta o fraudulentas en el SIGAM después de solicitar
la inactivación del acceso de un usuario?
Después de solicitar la inactivación del acceso al SIGAM, tiene un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del envío de las transacciones por DGII, para que identifique cuáles no le corresponden o han sido realizadas incorrectamente e informe mediante comunicación el resultado de la revisión realizada, detallando en la misma los elementos que sustentan que una transacción es considerada fraudulenta o indebida.
Importante:
Cuando el contribuyente solicita la inactivación del acceso al SIGAM por uso abusivo o fraudulento, la DGII remitirá vía correo electrónico las transacciones registradas con dicho acceso en los treinta (30) días hábiles anteriores a la fecha de la solicitud de inactivación.
Si se identifican errores en transacciones o registros los cuales no derivan de acciones fraudulentas por un usuario, el contribuyente deberá remitir al buzon trazabilidadfiscal@dgii.gov.do todas las informaciones necesarias para la corrección o ajuste de las transacciones correspondientes. Una vez confirmado que los datos remitidos son suficientes y que las inconsistencias reportadas cuentan con la debida justificación, la Dirección General a través de su proveedor autorizado, procederá con los ajustes en un plazo de dos (2) a setenta y dos (72) horas, de acuerdo con el Acuerso de Servicios (SLA).
Base Legal: Norma General 07-21, Art. 9, Párrafo III y Art. 13; Anexo X (Norma General 07-21) - Acuerdo de Servicios (SLA) para Gestión de Incidencias
Solución oficial
APC .
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hace 4 años
Importante:
Cuando el contribuyente solicita la inactivación del acceso al SIGAM por uso abusivo o fraudulento, la DGII remitirá vía correo electrónico las transacciones registradas con dicho acceso en los treinta (30) días hábiles anteriores a la fecha de la solicitud de inactivación.
Base Legal: Norma General 07-21, Art. 9, Párrafo III y Art. 13; Anexo X (Norma General 07-21) - Acuerdo de Servicios (SLA) para Gestión de Incidencias
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