El monto de la fianza que debe pagar en la importación y fabricación de bebidas alcohólicas y productos del Tabaco es como sigue:
Para los importadores, el monto mínimo de la fianza a pagar aplicable para el año 2025 será de once millones ochenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos dominicanos con sesenta centavos (RD$11,088,844.6).
Para fabricantes, productores e importadores, el monto máximo de la fianza a pagar aplicable para el año 2025 será de sesenta y nueve millones trescientos cinco mil doscientos setenta y ocho pesos dominicanos con cincuenta centavos (RD$69,305,278.5).
Importante: Estos montos aplican para la emisión de nuevas fianzas o renovaciones con fecha de vigencia a partir del 01 de febrero del año 2025.
El monto de la fianza será revisado anualmente, debiendo ser aumentado en función del Impuesto Selectivo al Consumo más alto determinado en una importación realizada en los últimos doce (12) meses.
Para conocer el monto especifico de la fianza, el contribuyente deberá requerir la información a través de una comunicación dirigida al Departamento de Impuesto Selectivo al Consumo.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
El monto de la fianza que debe pagar en la importación y fabricación de bebidas alcohólicas y productos del Tabaco es como sigue:
Importante:
Estos montos aplican para la emisión de nuevas fianzas o renovaciones con fecha de vigencia a partir del 01 de febrero del año 2025.
El monto de la fianza será revisado anualmente, debiendo ser aumentado en función del Impuesto Selectivo al Consumo más alto determinado en una importación realizada en los últimos doce (12) meses.
Para conocer el monto especifico de la fianza, el contribuyente deberá requerir la información a través de una comunicación dirigida al Departamento de Impuesto Selectivo al Consumo.
Base Legal: Reglamento 01-18. Art. 29.
Documentación Relacionada: Resolución DDG- AR1-2024-00001, Art. 9, Resolución DDG- AR1-2025-00001.
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