La prima a pagar será determinada por la entidad que elija el contribuyente para emitir la fianza, sin embargo, los montos de la fianza para resguardo de la importación y fabricación de bebidas alcohólicas y productos del tabaco es como sigue:
Para los importadores, el monto mínimo de la fianza a pagar aplicable para el año 2026 será de RD$11,637,976.60.
Para fabricantes, productores e importadores, el monto máximo de la fianza a pagar aplicable para el año2026 será de RD$72,737,353.60.
Importante:
Estos montos aplican para la emisión de nuevas fianzas o renovaciones con fecha de vigencia a partir del 01 de febrero del año 2026.
El monto de la fianza será revisado anualmente y ajustado por inflación.
El monto de fianza para los fabricantes será determinado considerando la obligación tributaria que se pudiera generar por la capacidad instalada.
El monto de fianza para los importadores es determinado en función del impuesto selectivo al consumo mas alto pagado en una importación realizada en los últimos doce (12) meses.
Para conocer el monto especifico de la fianza, el contribuyente deberá requerir la información a través de una comunicación dirigida al Departamento de Impuesto Selectivo al Consumo.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 8 años
Importante:
Base Legal:
Ley 11-92, Art. 376;
Reglamento 01-18. Art. 29.
Documentación Relacionada:
Resolución DDG- AR1-2023-00001;
Resolución DDG- AR1-2024-00001;
Resolución DDG- AR1-2025-00001;
Resolución DDG- AR1-2026-00001.
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