Sí, los contribuyentes que no tienen la obligación depresentar y pagar el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) deben considerarlocomo parte de su costo cuando adquieran bienes o servicios gravados con esteimpuesto.
Consideraciones importantes:
En el formato 606, el ISC facturado debe ser segregado del monto total facturado y colocado en la casilla correspondiente de dicho formato, aunque el mismo sea considerado como parte del costo, ya que este formato es de carácter informativo. En aquellos casos en que las facturas contemplen el impuesto ISC advalorem y el específico, ambos montos deben ser colocados en la casilla ISC del formato 606.
Para conocer todo lo relacionado al llenado y envío del formato 606 puede consultar los instructivos disponibles en nuestra página de internet.
Solución oficial
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Consideraciones importantes:
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