CA1070 ¿Qué deben hacer los contribuyentes pertenecientes a la Asociación
Nacional de Detallistas de Gasolina para solicitar la exención del Impuesto a
la Emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas (0.0015)?
Para solicitar la exención del Impuesto a la Emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas (0.0015), los contribuyentes pertenecientes a la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina deben depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Carta de solicitud firmada, timbrada y sellada, que indique el listado de empresas (nombre y RNC, número de cuenta para la cual se desea la exención) y el nombre de la entidad de intermediación financiera.
Anexos que sustenten la solicitud.
Tiempo de respuesta: 30 días laborables.
Costo: N/A.
Quienes pueden solicitar: contribuyentes pertenecientes a la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (ANADEGAS).
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Para solicitar la exención del Impuesto a la Emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas (0.0015), los contribuyentes pertenecientes a la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina deben depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Tiempo de respuesta: 30 días laborables.
Costo: N/A.
Quienes pueden solicitar: contribuyentes pertenecientes a la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina (ANADEGAS).
Cuando solicitar: según necesidad.
Base Legal: Acuerdo ANADEGAS con DGII.
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