El retiro de efectivo tanto en cajeros electrónicos como en las oficinas bancarias.
El uso de la tarjeta de crédito, incluyendo todas las fases del proceso, desde el consumo original hasta las transacciones de intermediación entre las compañías de adquirencia o adquirentes, agregadores de pago, el banco y el afiliado.
Los pagos bajo la Seguridad Social.
Las transacciones y pagos realizados por los Fondos de Pensiones.
Los pagos y las transferencias hechos a favor del Estado Dominicano por concepto de impuestos, así como las transferencias que el Estado deba hacer.
Las transacciones realizadas por el Banco Central.
Importante: También se excluyen las transferencias electrónicas entre cuentas de un mismo cliente en bancos diferentes conforme la Resolución 26-2009.
Base Legal: Norma 04-04, Art. III (modificado por el art. 13 de la Norma 06-23), Resolución 26-2009
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Sí, de este gravamen se excluyen:
Importante:
También se excluyen las transferencias electrónicas entre cuentas de un mismo cliente en bancos diferentes conforme la Resolución 26-2009.
Base Legal: Norma 04-04, Art. III (modificado por el art. 13 de la Norma 06-23), Resolución 26-2009
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