Opinión técnica de constitución de condominio (no obligatorio).
Sentencia, resolución u oficio emitido por la Dirección General de Mensura Catastral.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario del inmueble (aplica en caso de que el propietario sea una persona física).
Poder de autorización notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud en nombre de una persona física o jurídica).
Copia de Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).
Importante:
Es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes solicitan la actualización del registro de uno o varios inmuebles que fueron afectados por un procedimiento de regularización o transformación parcelaria producto de un deslinde, refundición, subdivisión, constitución o disolución de condominio y corrección de error material, del cual resulta en uno o varios inmuebles con designación y dimensiones distintas a los afectados.
Las solicitudes de constructoras, inmobiliarias, fiduciarias y entidades bancarias deben ser canalizadas a través del Centro de Transacciones Inmobiliarias (CTI) a través del correo: ctivirtual@dgii.gov.do.
Las actualizaciones de matrícula y fecha del título podrán ser realizadas en cualquier administración local. Las demás actualizaciones deben ser realizadas en la administración local a la que pertenece el inmueble.
Tiempo de respuesta:
Administraciones Locales: 15 días laborables.
Gerencia de Grandes Contribuyentes y Centro de Transacciones Inmobiliarias: 10 días laborables.
Costo del servicio: N/A.
Quienes puedan solicitar: Personas Físicas y Jurídicas tenedoras de inmuebles.
Solución oficial
MA
534 Mensajes
hace 7 años
Importante:
Tiempo de respuesta:
Costo del servicio:
N/A.
Quienes puedan solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas tenedoras de inmuebles.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
Base Legal:
Ley 18-88 y sus modificaciones.
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