Para solicitar una certificación de IPI si el propietario del inmueble ha fallecido debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en la Unidad de Atención al Contribuyente de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Copia del Registro de Título del(los) inmueble(s).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario del(los) inmueble(s).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de uno de los herederos o Pasaporte en caso de extranjeros (aplica en caso de mayores de edad).
Copia del contrato de venta (aplica si el solicitante es el comprador del inmueble).
Poder notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un tercero quien realice la solicitud).
Copia del pliego de modificaciones.
Recibo de cobro por servicios de RD$300.00 por cada inmueble.
Tiempo de respuesta: N/A.
Costo del servicio: RD$300.00.
Lugar y Forma de pago: efectivo o cheque certificado o de administración en las Unidades de Caja de la DGII.
Quienes pueden solicitar: Personas Físicas, Personas Jurídicas y Ciudadanos (Registrados).
Cuando solicitar: según necesidad.
Consideraciones Importantes:
Para solicitudes de más de una certificación de un mismo inmueble se podrá completar un solo formulario.
La copia del título del inmueble debe indicar el número de matrícula o número de inmueble.
El recibo de cobro por servicios debe hacer referencia al número de matrícula y/o número de inmueble.
Estas certificaciones de IPI/IVSS tienen vigencia de 120 días después de ser emitidas.
Solución oficial
MA
534 Mensajes
hace 7 años
Para solicitar una certificación de IPI si el propietario del inmueble ha fallecido debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en la Unidad de Atención al Contribuyente de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Tiempo de respuesta: N/A.
Costo del servicio: RD$300.00.
Lugar y Forma de pago: efectivo o cheque certificado o de administración en las Unidades de Caja de la DGII.
Quienes pueden solicitar: Personas Físicas, Personas Jurídicas y Ciudadanos (Registrados).
Cuando solicitar: según necesidad.
Consideraciones Importantes:
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