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jueves, 4 de enero de 2018 21:42

Cerrado

CA920 ¿Debo realizar el descargo de un inmueble luego de su venta?

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Solución oficial

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hace 7 años

Si, luego de efectuada la venta de un inmueble debe realizar el descargo, siempre y cuando el adquiriente no haya pagado el Impuesto a la Transferencia Inmobiliaria. 

Consideraciones Importantes:
Una vez realizado el descargo, el comprador será el responsable del cumplimiento de la obligación de pago del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI) y al Impuesto sobre Activos que se hayan generado a partir de la fecha del acto de transferencia del inmueble. 

Base Legal: Norma 08-14, Art. 2 y Art. 6, Párrafo II.