Para solicitar el registro de inmuebles de forma masiva en la DGII debe depositar en la Administración Local a la que pertenece el contribuyente (independientemente de la jurisdicción de los inmuebles), los siguientes documentos:
Copia de los títulos de los inmuebles, impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL)
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario de los inmuebles (aplica en caso de Personas Físicas), impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL).
Copia del contrato de venta del o los inmueble (s) (aplica en caso de venta del inmueble), impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL).
Copia de los planos (aplica en caso de mejoras y casas o edificaciones no descritas en el certificado de título), impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL)
Recibo de pago del IPI (aplica en caso de que el o los inmobles se encuentren gravado con este impuesto).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
Tiempo de respuesta: 15 días laborales.
Consideraciones Importantes:
Las constructoras, inmobiliarias, fiduciarias y entidades bancarias deben realizar su solicitud en el Centro de Transacciones Inmobiliarias (CTI) a través del correo: ctivirtual@dgii.gov.do.
La cantidad mínima de inmuebles a registrar en las solicitudes de adición masiva es de 20. En el caso de condominios nuevos no hay una cantidad mínima.
Solución oficial
MA
534 Mensajes
hace 7 años
Para solicitar el registro de inmuebles de forma masiva en la DGII debe depositar en la Administración Local a la que pertenece el contribuyente (independientemente de la jurisdicción de los inmuebles), los siguientes documentos:
Planilla para Adición Masiva de Inmuebles (FI-DVB-007), llenada en forma digital (CD, USB, etc.) e impresa.
Formulario de Recepción de Documentos para la Declaración Jurada de Inmuebles (FI-DVB-001), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Copia de los títulos de los inmuebles, impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL)
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario de los inmuebles (aplica en caso de Personas Físicas), impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL).
Copia del contrato de venta del o los inmueble (s) (aplica en caso de venta del inmueble), impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL).
Copia de los planos (aplica en caso de mejoras y casas o edificaciones no descritas en el certificado de título), impresa o en forma digital (CD, USB, etc. OPCIONAL)
Recibo de pago del IPI (aplica en caso de que el o los inmobles se encuentren gravado con este impuesto).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
Tiempo de respuesta: 15 días laborales.
Consideraciones Importantes:
Las constructoras, inmobiliarias, fiduciarias y entidades bancarias deben realizar su solicitud en el Centro de Transacciones Inmobiliarias (CTI) a través del correo: ctivirtual@dgii.gov.do.
La cantidad mínima de inmuebles a registrar en las solicitudes de adición masiva es de 20. En el caso de condominios nuevos no hay una cantidad mínima.
Base Legal: Ley 18-22 y sus modificaciones.
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