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CA3529 ¿Qué deben hacer las constructoras, inmobiliarias, fideicomisos y entidades financieras para solicitar el descargo de inmuebles?
CA3529 ¿Qué deben hacer las constructoras, inmobiliarias, fideicomisos y entidades financieras para solicitar el descargo de inmuebles?
Solución oficial
MA
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hace 6 años
Para solicitar el descargo de inmuebles, las constructoras, bancos comerciales e inmobiliarias deben depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de Información de la Administración Local que le corresponda, los siguientes documentos:
Tiempo de respuesta: 5 días laborables.
Consideraciones Importantes:
La emisión de la certificación de descargo no es obligatorio para estas entidades. Si las mismas requieren esta certificación solo deben presentar el recibo de cobro por servicios por valor de trecientos pesos (RD$300.00).
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