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jueves, 4 de enero de 2018

Cerrado

CA2279 ¿Quiénes están exentos del pago del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI)?

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Solución oficial

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hace 8 años

Están exentos del pago del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI):

  1. Personas mayores de 65 años con una sola propiedad inmobiliaria destinada a la vivienda.
  2. Pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50% para la primera vivienda adquirida.
  3. Viviendas, solares urbanos no edificados e inmuebles destinados a actividades comerciales cuyo valor sea inferior a RD$10,695,494.00. Este monto es ajustado anualmente por inflación.
  4. Inmuebles ubicados en zonas rurales, dedicadas a labores agropecuarias.
  5. Los inmuebles adquiridos en proyectos turísticos amparados en la Ley 158-01 (CONFOTUR) pertenecientes a los primeros adquirientes. 
  6. Los fideicomisos de oferta pública, garantía de oferta pública y viviendas de bajo costo.

Importante:

Las exenciones a las Personas mayores de 65 años con una sola propiedad inmobiliaria destinada a vivienda son otorgadas de manera automática, es decir el contribuyente no tiene que realizar la solicitud. En caso de cumplir con las condiciones establecidas y presentar monto a pagar, debe dirigirse al área de Tasación de la Administración Local que le corresponde a fin de que se realicen las verificaciones de lugar.

Base Legal Ley :
18-88, Arts. 2 y 6 (modificada por la Ley 253-12, Art. 14 párrafo IV);
Ley 171-07, Art. 2 y 13.

Documentación Relacionada:

Resolución DDG- AR1-2023-00001;

Resolución DDG- AR1-2024-00001;

Resolución DDG- AR1-2025-00001;

Resolución DDG- AR1-2026-00001.

(Editado)