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lunes, 11 de junio de 2018 15:58

Cerrado

CA230 ¿Cuál es la fecha límite para enviar los formatos de envío de datos?

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Solución oficial

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hace 6 años


Los formatos de envío de datos deben ser enviados en las siguientes fechas, según corresponda:

  1. Formatos 606, 607, 608 y 609: dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio.

  2. Formatos 612 y 613: a más tardar 60 días después del cierre del contribuye.

  3. Formato de Envío de Información de los Fideicomisos: a más tardar 60 días posteriores a la fecha de cierre del contribuyente.

  4. Formatos 615 y 616: dentro de los días 15 de cada mes para los contribuyentes del ITBIS.

  5. Formato 623: a más tardar 120 días después de la fecha de cierre de la sociedad, en caso de Personas Jurídicas y 90 días en caso de Personas Físicas. El mismo debe ser enviado antes de la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta (IR-2/IR-1), según corresponda.

  6. Formato 624: los días 30 del mes siguiente del despacho de las órdenes.

  7. Formato 629: dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes.

  8. Formato 641: a más tardar 120 días después de la fecha de cierre de la sociedad, en caso de Personas Jurídicas y 90 días en caso de Personas Físicas. El mismo debe ser enviado antes de la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta (IR-2/IR-1), según corresponda.

  9. Formato 642: a más tardar 120 días después de la fecha de cierre de la sociedad, en caso de Personas Jurídicas y 90 días en caso de Personas Físicas. El mismo debe ser enviado antes de la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta (IR-2/IR-1), según corresponda.

  10. Formato 643 y 656: a más tardar los primeros quince (15) días del mes siguiente al de la facturación del boleto aéreo o marítimo.

  11. Formato 646: a más tardar los primeros diez (10) días del mes siguiente al que correspondan.

  12. Formato 647: dentro de los primeros quince (15) días hábiles posteriores a la finalización de cada trimestre.

  13. Formatos 648 y 649: a más tardar los primeros diez (10) días del mes siguiente al que correspondan.

  14. Formatos 654 y 655: a más tardar los días 15 de cada mes.

  15. Formato 200: los viernes, abarcando el período de viernes a jueves de cada semana.


Base Legal: Norma 08-2006, Arts. 3 y 5; Norma 04-10, Art. 3; Norma 2-07, Art. 5; Norma 07-18, Art. 8; Norma 08-18, Art.7; Norma 04-19, Art, 2; Norma 04-04, Art. VI; Norma 01-18, Art. 31; Norma 01-21, Art. 2, Norma 06-23, Art. 9.

(Editado)