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martes, 16 de noviembre de 2021 14:29

Cerrado

CA4676 ¿Puede un fideicomiso inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado (RPE)?

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Solución oficial

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hace 3 años

No, debido a que los fideicomisos no ostentan personería jurídica y en virtud de lo establecido en el artículo 39 de la Ley 340-06 y el articulo 16 del Decreto 416-23, las personas físicas y jurídicas son las que pueden figurar en el Registro de Proveedores del Estado (RPE) y pueden participar en cualquier proceso de concentración, hacer ofertas de bienes, servicios o ejecución de obras siempre que no se encuentren dentro del régimen de prohibiciones.

Importante:

No corresponde legalmente la aprobación de que un Fideicomiso obtenga el RPE, debido a que podría dar lugar a una competencia desleal de cara a las demás personas naturales o jurídicas interesadas en cualquier proceso de contratación, toda vez que los demás proveedores sometidos al régimen ordinario de tributación estarían soportando una carga fiscal que repercute en el precio ofertado del bien o servicio frente al presentado por un fideicomiso que no se encuentra sujeta a la tributación del Impuesto Sobre la Renta y otros tributos, lo que seria violatorio de lo principios de igualdad y equidad que deben aplicarse en el régimen tributario conforme lo establece el Art. 243 de la Constitución de la República Dominicana. 


Base Legal: Ley 340-06, Art. 39; Decreto 416-23 Art. 13; y la Ley 189-11, los artículos 3 y 27.  

Documentación Relacionada: Consulta técnica 23 agosto 2021.
 

(Editado)