viernes, 15 de noviembre de 2019

Cerrado

CA4239 ¿Cuáles exenciones de impuestos aplican a los fideicomisos de construcción para el desarrollo de proyectos de viviendas de Bajo Costo?

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Solución oficial

hace 6 años


Los fideicomisos de construcción para el desarrollo de proyectos de vivienda de bajo costo quedan exonerados en un 100% de los siguientes impuestos:
  • Impuesto sobre la Renta y Ganancias de Capital.
  • Cualquier impuesto, derecho, tasa, carga o contribución aplicable a las transferencias bancarias y a la expedición, canje o depósito de cheques. Así como también los valores de fideicomisos inscritos en el Registro del Mercado de Valores en virtud del artículo 330 de la Ley del Mercado de Valores.
  • Impuesto sobre Activos o Patrimonio y el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI).
  • Impuestos sobre el Traspaso de Bienes Inmuebles y registro de operaciones inmobiliarias en general.
Importante:

Las solicitudes de exenciones fiscales del Impuestos sobre el Traspaso de Bienes Inmuebles y cualquier impuesto que pudiere ser aplicable a las transferencias bancarias y a la expedición, canje o depósito de cheques, deben tramitarse a través del Ministerio de Hacienda y Economía, quienes posteriormente referirán la autorización correspondiente a la DGII para que sea procesada.


Base Legal: Ley 189-11, Art. 131; Norma General 01-15, modificada por la Norma General 01-21, Art.1.

(Editado)