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viernes, 15 de noviembre de 2019 14:17

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CA4239 ¿Cuáles exenciones de impuestos aplican a los fideicomisos de construcción para el desarrollo de proyectos de viviendas de Bajo Costo?

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Solución oficial

hace 5 años

Los fideicomisos de construcción para el desarrollo de proyectos de vivienda de bajo costo quedan exonerados en un 100% de los siguientes impuestos:

  • Impuesto sobre la Renta y Ganancias de Capital.

  • Cualquier impuesto, derecho, tasa, carga o contribución aplicable a las transferencias bancarias y a la expedición, canje o depósito de cheques. Así como también los valores de fideicomisos inscritos en el Registro del Mercado de Valores en virtud del artículo 330 de la Ley del Mercado de Valores.

  • Impuesto sobre Activos o Patrimonio y el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI).

  • Impuestos sobre el Traspaso de Bienes Inmuebles y registro de operaciones inmobiliarias en general.

Consideración importante:

Las solicitudes de exenciones fiscales del Impuestos sobre el Traspaso de Bienes Inmuebles y cualquier impuesto que pudiere ser aplicable a las transferencias bancarias y a la expedición, canje o depósito de cheques, deben tramitarse a través del Ministerio de Hacienda, quienes posteriormente referirán la autorización correspondiente a la DGII para que sea procesada.

Base Legal: Ley 189-11, Art. 131; Norma General 01-15, modificada por la Norma General 01-21, Art.1.

(Editado)