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miércoles, 3 de enero de 2018

Cerrado

CA3688 ¿Qué debo hacer para solicitar la disolución de un fideicomiso?

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Solución oficial

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hace 8 años

Para solicitar la disolución de patrimonios autónomos debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda:


Fideicomisos:

  1. Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos del Patrimonio Separado (RC-03) llenado, firmado y sellado por la fiduciaria en nombre del fideicomiso con los anexos correspondientes, informando la liquidación.
  2. Carta de garantía original, notarizada, legalizada y firmada por quien sea responsable de cualquier obligación pendiente una vez se extinga el RNC.
  3. Copia del acta de extinción del fideicomiso registrado en la Cámara de Comercio y Producción y/o Registro Civil en los casos que aplique. Este acto debe indicar el destino de los bienes al momento de la liquidación.
  4. Rendición de cuentas.
  5. Pronunciación de la extinción por parte del Juzgado de Primera Instancia competente (aplica para los fideicomisos filantrópicos, educativos y culturales).

Fondos de Inversión

  1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos del Patrimonio Separado (RC-03) llenado y firmado, con los anexos correspondientes.
  2. Carta de garantía original, notarizada, legalizada y firmada por quien sea responsable de cualquier obligación pendiente una vez se extinga el RNC.
  3. Asamblea de la sociedad Administradora de Fondos de Inversión que aprueba la liquidación del fondo. Esta debe estar registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  4. Copia de la autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores a iniciar el proceso de liquidación del fondo.

 

Patrimonios Separados de Compañías Titularizadoras.

  1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos del Patrimonio Separado (RC-03) llenado y firmado, con los anexos correspondientes.
  2. Acto de extinción del fideicomiso, debidamente registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, en los casos que aplique.
  3. Certificación de la Superintendencia del Mercado de Valores (SIMV) que prueba la extinción del patrimonio.
  4. Carta de Garantía original notarizada y legalizada, en la cual se designe a un responsable de cara a la Administración Tributaria ante cualquier obligación posterior a la liquidación del patrimonio.


Tiempo de respuesta:
35 días laborables.

Costo del servicio:

Gratuito.

Cuando solicitud:

Según necesidad.

Importante:

  • Para realizar esta solicitud, es necesario que el contribuyente haya presentado, de manera presencial en la Administración Local a la que pertenece, la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre la Renta de Sociedades (IR-2) marcada como final, dentro de un plazo de sesenta (60) días hábiles posteriores a la cesación del patrimonio autónomo.
  • Asimismo, el contribuyente no debe haber solicitado comprobantes fiscales con posterioridad a la cesación y debe encontrarse al día en la presentación de sus declaraciones de impuestos.
  • Este período comprende desde el día siguiente a la fecha final de su último ejercicio fiscal hasta la fecha de la disolución.

Base Legal: Ley 189-11, artículo 17; Reglamento 95-12, Art. 23, literal g.

(Editado)