El pago del impuesto de transferencia de los bienes aportados a los fideicomisos debe realizarse en un plazo no mayor de 6 meses para los inmuebles y 3 meses para los vehículos contados a partir de la firma del contrato del fideicomiso.
Consideraciones Importantes:
Cuando los inmuebles o vehículos se aporten luego de la firma del contrato, el plazo para el pago del impuesto a la transferencia contará a partir de la fecha del traspaso, para lo cual se tomará en cuenta la fecha de la firma del addéndum.
Los inmuebles o vehículos aportados al fideicomiso deben estar registrados en la DGII a nombre del fideicomitente y encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al momento del traspaso.
Base Legal: Norma General 01-15, Art. 19,modificada por el Art. 4 de la Norma General 02-16.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Consideraciones Importantes:
- Cuando los inmuebles o vehículos se aporten luego de la firma del contrato, el plazo para el pago del impuesto a la transferencia contará a partir de la fecha del traspaso, para lo cual se tomará en cuenta la fecha de la firma del addéndum.
- Los inmuebles o vehículos aportados al fideicomiso deben estar registrados en la DGII a nombre del fideicomitente y encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al momento del traspaso.
Base Legal: Norma General 01-15, Art. 19,modificada por el Art. 4 de la Norma General 02-16.0
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