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miércoles, 3 de enero de 2018 15:11

Cerrado

CA3407 ¿Qué deben hacer las fiduciarias para registrar los proyectos de vivienda de bajo costo y de construcción en general?

CA3407 ¿Qué deben hacer las fiduciarias para registrar los proyectos de vivienda de bajo costo y de construcción en general?

Solución oficial

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hace 6 años

Para registrar los proyectos de vivienda de bajo costo y de construcción en general, las fiduciarias deben depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:
  
Proyectos de Vivienda de bajo costo
 
1. Formulario Solicitud para Registro de Proyectos Inmobiliario, (FIDVB-009) sellado y firmado.
2. Carta de la fiduciaria que contenga la siguiente información para cada proyecto: Nombre, fecha de inicio y fecha estimada de término del proyecto. Por etapas, en caso de que aplique, Ubicación del proyecto, Memoria descriptiva.
3. Copia del presupuesto detallado del proyecto. 
4. Copia de los títulos de propiedad a nombre del fideicomiso.
5. CD con planos dimensionados en AUTOCAD.
6. Contrato de obra/servicio.
7. Acto constitutivo de fideicomiso con sus respectivas adendas, en caso de que aplique.
8. Copia de la autorización de los cambios del proyecto emitida por el Comité Fiduciario del Fideicomiso VBC-RD (aplica para proyectos de la Ciudad Juan Bosch).
9. Carta de No Objeción emitida por Fiduciaria Reservas como Administradora del Fideicomiso Matriz (aplica en caso de que el(los) inmueble(s) donde se desarrolla el proyecto no esté a nombre del fideicomiso y se trate de un proyecto de la Ciudad Juan Bosch).
10. Copia de la calificación como vivienda de bajo costo emitida por el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (MIVED), (aplica cuando se trate de proyectos de vivienda de bajo costo).
11. Contrato de Adjudicación de Lotes (aplica para los Fideicomisos que desarrollan proyectos en la Ciudad Juan Bosch).

* Con la entrada en vigencia de la ley 160-21 se dispone la supresión del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y las funciones, atribuciones y facultades de este instituto se transfieren al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).


Proyectos de Desarrollo Inmobiliario en general

1. Formulario Solicitud para Registro de Proyectos Inmobiliario, (FIDVB-009) sellado y firmado.

2.Carta de solicitud de la fiduciaria, quien solicita a favor del fideicomiso, que contenga las siguientes informaciones:

- Nombre del proyecto. 

- Fecha de inicio y fecha estimada de término del proyecto. Por etapas, en caso de que aplique.

- Ubicación del proyecto.

- Memoria descriptiva.
 
3. Presupuesto detallado del proyecto. Por etapas, en caso de que aplique.


4. Copia de los títulos de propiedad a nombre del fideicomiso.
5. CD con planos dimensionados en AUTOCAD.
6. Contrato de obra/servicio.
7. Acto constitutivo de fideicomiso con sus respectivas adendas, en caso de que aplique. Las adendas deben estar previamente registradas en el Dpto. De Fideicomiso por lo que deben suministrarnos la comunicación indicando esta información o en su defecto, el no. de solicitud con el cual se realizó este requerimiento.
8. Contrato para el desarrollo de lotes habitacionales del Proyecto Ciudad Juan Bosch (aplica para proyectos de la Ciudad Juan Bosch).


Tiempo de respuesta: 20 días laborables.
 
Consideraciones Importantes:  

  • Los proyectos de vivienda de bajo costo que durante el proceso de registro del proyecto o posterior al registro, presenten cambios y se modifique la calificación de vivienda de bajo costo emitida por el MIVHED, deben depositar la documentación que avale dichas modificaciones (memoria descriptiva actualizada, adenda(s) debidamente registradas en el Dpto. de Fideicomiso, etc.).
  • Los proyectos de desarrollo inmobiliario que durante el proceso de registro del proyecto o posterior al registro presenten cambios en la descripción, deben depositar la documentación que avale dichas modificaciones.
  • La solicitud de exclusión del IPI, para los casos de proyectos de desarrollo inmobiliario, debe realizarse por lo menos tres (3) meses antes de la Declaración Jurada Anual del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario, y para estos fines el proyecto debe estar previamente registrado.

 

Base Legal: Norma General 01-15, Art. 12, modificada por el artículo 2 de la Norma General 02-16.  

 

(Editado)