Perfil de Eliana Castillo

miércoles, 3 de enero de 2018 15:11

Cerrado

CA3407 ¿Qué deben hacer las fiduciarias para registrar los proyectos de vivienda de bajo costo y de construcción en general?

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Solución oficial

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hace 7 años

Para registrar los proyectos de vivienda de bajo costo y de construcción en general, las fiduciarias deben debe agotar el siguiente procedimiento:

Paso I
Solicitar el registro del proyecto, remitiendo a la cuenta de correo: registroproyectosinm@dgii.gov.do, el siguiente documento:
  1. Formulario Solicitud para Registro de Proyectos Inmobiliario (FI-DVB-009) llenado en formato digital, firmado y sellado. En el asunto debe colocar la siguiente información: Solicitud de Registro de Proyecto.

Paso II
Cargar documentación, una vez recibida la solicitud se le asignará un número de seguimiento y se le indicará la ruta donde deberá cargar la siguiente documentación en formato PDF, según aplique:

Para proyectos de vivienda de bajo costo

  1. Memoria descriptiva del proyecto (incluyendo el nombre, su ubicación, coordenadas y en que consiste).
  2. Copia del presupuesto detallado del proyecto.
  3. Copia de los títulos de propiedad a nombre del fideicomiso.
  4. Copia de la calificación como vivienda de bajo costo emitida por el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED)*.
  5. El Plano de Conjunto donde se muestre cada una de las edificaciones y los planos dimensionados de cada tipología en AUTOCAD.
  6. Contrato de obra/servicio.
  7. Acto constitutivo de fideicomiso con sus respectivas adendas, en caso de que aplique. Las adendas deben estar previamente registradas en el Dpto. De Fideicomiso por lo que deben suministrarnos la comunicación indicando esta información o en su defecto, el no. de solicitud con el cual se realizó este requerimiento.
  8. Contrato para el desarrollo de lotes habitacionales del Proyecto Ciudad Juan Bosch, (aplica para proyectos de la Ciudad Juan Bosch).
  9. Copia de la autorización de los cambios del proyecto emitida por el Comité Fiduciario del Fideicomiso VBC-RD (aplica para proyectos de la Ciudad Juan Bosch).
  10. Carta de No Objeción emitida por Fiduciaria Reservas como Administradora del Fideicomiso Matriz (aplica en caso de que el(los) inmueble(s) donde se desarrolla el proyecto no esté a nombre del fideicomiso y se trate de un proyecto de la Ciudad Juan Bosch).
  11. Cualquier documentación complementaria.
Para proyectos de Desarrollo Inmobiliario en general
 
  1. Memoria descriptiva del proyecto (incluyendo el nombre, su ubicación, coordenadas y en que consiste).
  2. Copia del presupuesto detallado del proyecto.
  3. Copia de los títulos de propiedad a nombre del fideicomiso.
  4. El Plano de Conjunto donde se muestre cada una de las edificaciones y los planos dimensionados de cada tipología en AUTOCAD.
  5. Contrato de obra/servicio.
  6. Copia del presupuesto detallado del proyecto.
  7. Documento de validación donde se especifique el inicio del proyecto.
  8. Acto constitutivo de fideicomiso con sus respectivas adendas, en caso de que aplique. Las adendas deben estar previamente registradas en el Dpto. De Fideicomiso por lo que deben suministrarnos la comunicación indicando esta información o en su defecto, el no. de solicitud con el cual se realizó este requerimiento.
  9. Contrato para el desarrollo de lotes habitacionales del Proyecto Ciudad Juan Bosch (aplica para proyectos de la Ciudad Juan Bosch).
  10. Cualquier documentación complementaria.

Tiempo de respuesta: 20 días laborables.
 
Costo del servicio:
Gratuito.
 
Quienes pueden solicitar:
Personas Jurídicas Fiduciarias.
 
Cuando solicitar:

Según necesidad. No obstante, para fines de solicitud de exclusión del IPI en los proyectos de desarrollo inmobiliario, debe realizarse por lo menos tres (3) meses antes de la Declaración Jurada Anual del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario.

Importante:

  • La respuesta de estas solicitudes es remitida al Buzón de Mensajes de la Oficina Virtual.
  • Los proyectos de vivienda de bajo costo que durante el proceso de registro del proyecto o posterior al registro, presenten cambios y se modifique la calificación de vivienda de bajo costo emitida por el MIVED, deben depositar la documentación que avale dichas modificaciones (memoria descriptiva actualizada, adenda(s) debidamente registradas en el Dpto. de Fideicomiso, etc.).
  • Los proyectos de desarrollo inmobiliario que durante el proceso de registro del proyecto o posterior al registro presenten cambios en la descripción, deben depositar la documentación que avale dichas modificaciones.
  • La solicitud de exclusión del IPI, para los casos de proyectos de desarrollo inmobiliario, debe realizarse por lo menos tres (3) meses antes de la Declaración Jurada Anual del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario, y para estos fines el proyecto debe estar previamente registrado.
    * Con la entrada en vigencia de la ley 160-21 se dispone la supresión del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y las funciones, atribuciones y facultades de este instituto se transfieren al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED).


Base Legal: Norma General 01-15, Art. 12, modificada por el artículo 2 de la Norma General 02-16.  

 

(Editado)