La Declaración Jurada del Impuesto de Sucesiones debe ser presentada a más tardar noventa (90) días después de ocurrido el fallecimiento.
Importante:
De conformidad con el párrafo I del artículo 20 de la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, los plazos establecidos por días se consideran hábiles, salvo que la norma disponga expresamente que se computan en días calendario. Por tanto, para el cómputo de este plazo se excluyen los sábados, domingos y días feriados.
Base Legal: Ley 2569-50, Art. 26 (modificada por el Art 6 de la Ley 173-07), Ley 107-13, Art. 20, párrafo I.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.8K Mensajes
hace 9 años
La Declaración Jurada del Impuesto de Sucesiones debe ser presentada a más tardar noventa (90) días después de ocurrido el fallecimiento.
Importante:
De conformidad con el párrafo I del artículo 20 de la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, los plazos establecidos por días se consideran hábiles, salvo que la norma disponga expresamente que se computan en días calendario. Por tanto, para el cómputo de este plazo se excluyen los sábados, domingos y días feriados.
Base Legal: Ley 2569-50, Art. 26 (modificada por el Art 6 de la Ley 173-07), Ley 107-13, Art. 20, párrafo I.
(Editado)
0
0